EL DELITO DE CHEQUE SIN PROVISIÓN DE FONDOS, NO ES ESTAFA AGRAVADA


En un sinfín de casos, he visto cómo la Fiscalía General de la República, oscurece conceptos, desvía criterios legales, para hacer que un delito parezca otro y así poder perjudicar a alguien, o en todo caso, beneficiar a alguien.
Es típico el caso del delito de cheque sin provisión de fondos, regulado y sancionado en el Art. 243 del Código Penal, de la siguiente manera:
Será sancionado con prisión de uno a tres años:
1) El que librare un cheque sin provisión de fondos o autorización expresa para girar en descubierto;
2) El que librare un cheque y diere contra orden para su pago, sin causa razonable manifestada al banco por escrito o frustrare maliciosamente su pago; y,
3) El que librare un cheque en formulario ajeno, sin tener autorización para ello.
Lógicamente, que tiene que existir una obligación líquida y exigible y ser cancelada mediante la emisión de un cheque, sin la debida provisión de fondos…
¿Se configura éste delito, si el emisor en realidad está donando una cantidad de dinero y lo hace por medio de cheque rebotón? Si analizamos de forma aislada éste artículo, podemos decir que sí… pero se relacionamos otras disposiciones legales, como el Art. 3 del mismo código penal, cuando nos refiere al principio de lesividad…
Volviendo al tema que nos ocupa, la fiscalía suele tomar éste delito, introducirlo en un sombrero, decir un par de palabras mágicas y sacarlo convertido en delito de ESTAFA AGRAVADA… y girar orden de detención, con todas las consecuencias legales correspondientes, cuando en realidad lo que tenía que existir era una acción penal particular, directamente ante el Tribunal de Sentencia…
El delito tipo de ESTAFA es lo que el Art. 215 del Código Penal define de la siguiente manera:
El que obtuviere para sí o para otro un provecho injusto en perjuicio ajeno, mediante ardid o cualquier otro medio de engañar o sorprender la buena fe, será sancionado con prisión de dos a cinco años si la defraudación fuere mayor de doscientos colones.
Para la fijación de la sanción el juez tomará en cuenta la cuantía del perjuicio, la habilidad o astucia con que el agente hubiere procedido y si el perjuicio hubiere recaído en persona que por su falta de cultura o preparación fuere fácilmente engañable.
Y el ordinal 3º del Art. 216 contiene una agravante de ese delito tipo “Cuando se realizare mediante cheque, medios cambiarios o con abuso de firma en blanco;
Aquí es donde vienen las palabras mágicas de la FGR para hacer que un delito se convierta en otro, de repente y ante nuestros ojos, por arte de magia; cosa que sería imperceptible para ojos incautos.
Mucho ojo, porque un proceso por ESTAFA AGRAVADA puede implicar varios meses en detención provisional, sin configurarse ese delito.
DELITO DE ESTAFA AGRAVADA
Habrá delito de Estafa Agravada cuando por medio de engaño o ardid, se asalta la buena fe de alguien para obtener de él un provecho económico; es decir, alguien quiere obtener un beneficio injusto de otra persona y previo a obtener ese beneficio, libera un cheque rebotón; pero éste acto debe ser previo, implicar por sí mismo, el engaño ó ardid que señala la ley como requisito para configurar el delito base que es la estafa.
CHEQUE SIN PROVISIÓN DE FONDOS
El beneficio económico ya existe, es decir, ya se dio el mutuo, la venta a crédito o cualquier otro acto que genere obligaciones civiles y llegando el momento de pagar, el sujeto emite un cheque sin provisión de fondos… aquí no hay ESTAFA AGRAVADA, sino cheque sin provisión de fondos…
Es el momento y el porqué  se emite el cheque sin fondos; no todo cheque sin fondos, será Estafa Agravada…
Este Post se publica por motivo que la FGR lamentablemente sigue distorsionando conceptos para lograr objetivos, cuando se trata de determinados y específicos usuarios; es decir, convertir un delito en otro, para agravar deliberadamente la situación jurídica de algunos imputados.
JUAN RAMÓN ARAUJO LÓPEZ

3 comentarios:

Unknown dijo...

Buenas tardes mi caso es que me hicieron una estafa por medio de olx hice una venta y me consignaron 620000 pesos efectivamente llego el mensaje de la consignación pero era en cheque cuando fui al banco salio sin fondos ya lo proteste que puedo hacer en este caso o donde se puede ir a colocar la denuncia
Le agradezco si me puede colaborar
mi correos es shakagames@hotmail.com
edwin rodriguez

Unknown dijo...

El banco es complice al.enviar mensaje diciendo.que.hay consignación?

Unknown dijo...

El banco es complice al.enviar mensaje diciendo.que.hay consignación?