LAS FUENTES MODERNAS DE LAS OBLIGACIONES

Por: Juan Ramón Araujo López
Abogado y Notario
Tradicionalmente se ha considerado como fuentes de las obligaciones aquellas que por su naturaleza jurídica pueden crear obligaciones por sí mismos, luego de un proceso evolutivo del concepto, el Código Civil salvadoreño dice, que las obligaciones nacen de los contratos, cuasi contratos, delitos, cuasi delitos, las faltas y la ley
“LAS INSTITUCIONES” de Justiniano recogió esta evolución y señaló cuatro orígenes de fuentes de obligaciones: ex-contractu, cuasi-ex-contractu, ex-maleficio y cuasi-ex-maleficio; de donde surgieron las cuatro grandes fuentes de las obligaciones: CONTRATO, CUASICONTRATO, DELITO y CUASIDELITO, que a través de la doctrina de Pothier, pasaron al código francés que creó la categoría de las obligaciones QUE SE ORIGINAN SIN CONVENCIÓN, y dentro de las cuales está la ley y las obligaciones nacidas de cuasicontratos, delitos y cuasidelitos.” (“LA SENTENCIA COMO FUENTE DE OBLIGACIONES” Tesis para optar al grado de Doctor en Jurisprudencia y Ciencias Sociales, presentada por CARLOS ARTURO ORTIZ CORNEJO, Universidad de El Salvador.
Según la tesis LASENTENCIA COMO FUENTE DE OBLIGACIONES presentada por el Doctor CARLOS ARTURO ORTIZ CORNEJO en la Universidad de El Salvador las sentencias son por sí mismo fuentes de obligaciones; y a pesar que el Código Civil no las considera como tal, efectivamente lo son.
Otros aspectos que señala la tesis antes apuntada son que el Código Civil, al considerar la serie de fuentes que menciona el Artículo 1308:
“Las obligaciones nacen de los contratos, cuasicontratos, delitos o cuasidelitos, faltas y de la ley.”
Estrictamente las fuentes de las obligaciones, es decir, aquellas que por sí solas crean obligaciones son:
Los contratos, la ley y las sentencias.
Los cuasi contratos, como actos jurídicos no generan obligaciones, ya que la obligación propiamente emana de disposición de ley; es decir, que por mandato de ley, los cuasi contratos producen obligaciones; cosa similar pasa con los delitos y los cuasi delitos.
En cambio las sentencias, que no figuran en el Artículo 1308, si producen obligaciones civiles por sí mismas.
La ley indiscutiblemente es fuente de obligaciones… por ende, reiteramos las conclusiones a las que llegó al autor de la tesis planteada al afirmar que en realidad las fuentes de las obligaciones que debería contemplar el legislador son:
Los contratos;
Las sentencias;
La ley per se y como amparo de los cuasi contratos, delitos y cuasi delitos.

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