REQUISITO DE EXPERIENCIA LABORAL VIOLA DERECHOS CONSTITUCIONALES


La preparación académica, se realiza en función de tener una vida laboral estable y satisfactoria, por ello, se invierte tanto tiempo, esfuerzo y dinero en las diferentes instituciones educativas, desde parvularia, hasta la universidad.
A medida pasa el tiempo, la educación formal se vuelve tan intrascendente, que poseer un grado universitario parece ya no tener el valor que tenía hace un par de décadas ¿Por qué? Hay varias respuestas válidas; en primer lugar y quizá la más importante, es que se trata del resultado de un trabajo maquiavélico realizado por las argollas del sistema quienes han conseguido que los trabajos, plazas y puestos importantes queden siempre entre parientes y amigos de ellos mismos. Por ejemplo, en la Corte Suprema de Justicia, la mayoría de plazas que se publican, son internas, es decir, no admiten el ingreso de nuevos elementos.
Una manera muy efectiva de traspasar la prohibición de contratar al cónyuge y parientes del cuarto grado por consanguinidad y segundo de afinidad, es la famosa permuta; si un Jefe “X” necesita llenar una plaza y necesita que su hijo trabaje, acude ante el Jefe “Y” que está en la misma situación y cada uno contrata al hijo del otro y asunto arreglado. Esto es legal, pero no es justo. La ley no regula absolutamente nada para impedirlo y nadie dice nada para criticarlo.
Los requisitos que se requieren para cubrir una plaza vacante, generalmente se diseñan para adaptarse a la persona que se necesita contratar y así se hace… y sino ¿Por qué se contrata personal sin que éste cuente con experiencia previa? Mientras que otros nunca consiguen colocarse por faltarles ese requisito. Ejemplo “Fulanito de tal” entró a trabajar como Secretario de “X” Tribunal, un mes antes de matricularse en la carrera de derecho y sin contar con experiencia (Caso real y verdadero) mientras que las universidades, incluida la UES (Nacional) exigen tener experiencia docente previa.
No obstante, el Art. 3 de la Constitución vigente (1983) dice que “Todas las personas son iguales ante la ley”.
Si bien, la ley, no puede exigir igualdad entre desiguales, sí puede amparar la igualdad entre personas que por diversas razones, están en desigualdad. Ejemplo:
En un puesto de trabajo se requiere que el aspirante sea Licenciado (a), no puede contratarse a alguien que solamente es bachiller, alegando la igualdad del Art. 3 CN. Porque la preparación técnica es diferente.
No obstante, exigir como requisito previa experiencia, por un lado, limita las posibilidades a un amplio sector de aspirantes que necesitan una oportunidad; y por otro, atenta contra el derecho de igualdad; de competir en igualdad de condiciones, independientemente del grado de experiencia; que por otro lado, mucha experiencia, suele ser negativa porque puede estar saturada de prácticas perniciosas, abusivas y/o arbitrarias. Ejemplo de los tribunales de justicia, cuyos empleados aún teniendo mucho tiempo de práctica, son irresponsables, negligentes y hasta ignorantes (Muchos, no todos)
Por un Estado democrático de Derecho y una administración con buenos servidores públicos, responsables y comprometidos… FIN A LAS ARGOLLAS… Y PRIVILEGIOS…

JUAN RAMÓN ARAUJO LÓPEZ

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Estoy totalmente de acuerdo con usted, Lic. Araujo.

Sólo quisiera hacerle una observación a manera de crítica constructiva:

En una parte de su artículo, usted manifiesta textualmente que: “Los requisitos que se requieren para cubrir una plaza bacante, generalmente se diseñan para adaptarse a la persona que se necesita contratar y así se hace…” Pero en este caso, el término “vacante” se escribe con “v” y no con “b”, pues no es lo mismo hablar de la existencia de una plaza “vacante” en la Corte Suprema de Justicia que decir que la “bacante” (sacerdotisa del dios romano Baco) danzaba frenéticamente.

Juan Ramon Araujo Lopez dijo...

Gracias por la observación, ya se hicieron las correcciones pertinentes...

Anónimo dijo...

Muchos funcionarios públicos corruptos buscan diversos subterfugios para burlar las prohibiciones legales como esa que impide contratar parientes en una misma institución del Estado, tal como se ha descrito en este artículo. Bien dicen que hecha la ley, hecha la trampa. Por eso este país no avanza en nada.

Anónimo dijo...

Muy buena informacion. Siempre es bueno contar con un abogado laboral