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REQUISITO DE EXPERIENCIA LABORAL VIOLA DERECHOS CONSTITUCIONALES


La preparación académica, se realiza en función de tener una vida laboral estable y satisfactoria, por ello, se invierte tanto tiempo, esfuerzo y dinero en las diferentes instituciones educativas, desde parvularia, hasta la universidad.
A medida pasa el tiempo, la educación formal se vuelve tan intrascendente, que poseer un grado universitario parece ya no tener el valor que tenía hace un par de décadas ¿Por qué? Hay varias respuestas válidas; en primer lugar y quizá la más importante, es que se trata del resultado de un trabajo maquiavélico realizado por las argollas del sistema quienes han conseguido que los trabajos, plazas y puestos importantes queden siempre entre parientes y amigos de ellos mismos. Por ejemplo, en la Corte Suprema de Justicia, la mayoría de plazas que se publican, son internas, es decir, no admiten el ingreso de nuevos elementos.
Una manera muy efectiva de traspasar la prohibición de contratar al cónyuge y parientes del cuarto grado por consanguinidad y segundo de afinidad, es la famosa permuta; si un Jefe “X” necesita llenar una plaza y necesita que su hijo trabaje, acude ante el Jefe “Y” que está en la misma situación y cada uno contrata al hijo del otro y asunto arreglado. Esto es legal, pero no es justo. La ley no regula absolutamente nada para impedirlo y nadie dice nada para criticarlo.
Los requisitos que se requieren para cubrir una plaza vacante, generalmente se diseñan para adaptarse a la persona que se necesita contratar y así se hace… y sino ¿Por qué se contrata personal sin que éste cuente con experiencia previa? Mientras que otros nunca consiguen colocarse por faltarles ese requisito. Ejemplo “Fulanito de tal” entró a trabajar como Secretario de “X” Tribunal, un mes antes de matricularse en la carrera de derecho y sin contar con experiencia (Caso real y verdadero) mientras que las universidades, incluida la UES (Nacional) exigen tener experiencia docente previa.
No obstante, el Art. 3 de la Constitución vigente (1983) dice que “Todas las personas son iguales ante la ley”.
Si bien, la ley, no puede exigir igualdad entre desiguales, sí puede amparar la igualdad entre personas que por diversas razones, están en desigualdad. Ejemplo:
En un puesto de trabajo se requiere que el aspirante sea Licenciado (a), no puede contratarse a alguien que solamente es bachiller, alegando la igualdad del Art. 3 CN. Porque la preparación técnica es diferente.
No obstante, exigir como requisito previa experiencia, por un lado, limita las posibilidades a un amplio sector de aspirantes que necesitan una oportunidad; y por otro, atenta contra el derecho de igualdad; de competir en igualdad de condiciones, independientemente del grado de experiencia; que por otro lado, mucha experiencia, suele ser negativa porque puede estar saturada de prácticas perniciosas, abusivas y/o arbitrarias. Ejemplo de los tribunales de justicia, cuyos empleados aún teniendo mucho tiempo de práctica, son irresponsables, negligentes y hasta ignorantes (Muchos, no todos)
Por un Estado democrático de Derecho y una administración con buenos servidores públicos, responsables y comprometidos… FIN A LAS ARGOLLAS… Y PRIVILEGIOS…

JUAN RAMÓN ARAUJO LÓPEZ

IGUALDAD DE GÉNERO

Hombres y mujeres siempre existieron; pero cuando estudiamos los documentos antropológicos más importantes, nos topamos con que en cada cultura hubo una diferenciación entre hombre y mujeres… así en el curso de la historia se dieron grandes e importantes matriarcados, donde las mujeres han tenido el control social de la reproducción humana (Sexualidad) y la producción material de bienes de satisfacción (Transformación de los recursos naturales)
Por lo general, las culturas antiguas se constituyeron en importantes patriarcados, caso típico de la cultura israelí (Judía) que ha sido muy influyente en todo el mundo occidental moderno.
Ahora, después de milenios de dominio sexista, femenino en algunos casos y mayoritariamente masculino, hemos llegado a un punto de la historia en que comprendemos que debe existir igualdad entre hombres y mujeres (Igualdad de género)
No obstante, el dominio masculino (Desigualdad) está tan arraigado en nuestra cultura y apoyado por la iglesia (Tanto católica, protestante y restauradora) que es practicada casi inconscientemente.
Es más… se discrimina a la mujer y se le hace creer que es por su propio bien… por ejemplo, la mujer no puede tomar la iniciativa para una relación sentimental, si lo hace es “mujer fácil” casi “prostituta”… algo despreciable, horrible, que no debe ser.
Ocurre entonces que a la mujer se le discrimina cuando se le dice que NO PUEDE hacer algo… pero en nuestro medio hemos entendido que la mujer tendrá su igualdad y libertad, al impedirla de hacer ciertas cosas, ejemplo típico “NO PUEDEN SER CACHIPORRAS” porque enseñan su humanidad… bueno en el medio oriente, las mujeres andan cubiertas totalmente, porque son seres insignificantes, que deben morir si pierden la virtud… mujeres apedreadas y mutiladas es algo diario en esos países.
La mujer adultera es apedreada, pero el hombre igualmente adultero es absuelto, como si no cargara con igual culpa… como si una relación sexual no fuera cosa de dos personas.
Entonces al impedir HACER algo, no estamos promoviendo la igualdad de género, por el contrario, estamos incentivando la opresión contra la mujer; porque la mujer es digna en tanto se siente bien consigo misma, sin recibir órdenes externas de lo que debe o puede hacer… o lo que no…
Por lo tanto LIBERTAD e IGUALDAD son complementos… es así que si una mujer desea practicar boxeo, un deporte considerado masculino por su rudeza… debe permitírsele, por razones de igualdad… lo mismo con el fútbol, o cualquier otra actividad que socialmente sea considerada masculina.
Igual derecho tiene la mujer de existir, de sentir, de amar, de tener planes para su vida y de decidir sobre su presente y futuro, sin que nadie le imponga limitantes, barreras, obstáculos o prejuicios.
“La equidad de género es la capacidad de ser equitativo, justo y correcto en el trato de mujeres y hombres según sus necesidades respectivas. La equidad de género se refiere a la justicia necesaria para  ofrecer el acceso y el control de recursos a mujeres y hombres por parte del gobierno, de las instituciones educativas y de la sociedad en su conjunto.” Fuente: Zona económica
La dignidad de mujeres no debe medirse, entonces, por el nivel de opresión y limitación en que se encuentran, pues estaríamos cayendo en aquello que se quiere evitar; por el contrario, la medida en que las mujeres son libres, podemos decir, que son dignificadas en la sociedad.
JUAN RAMÓN ARAUJO LÓPEZ  Abogado y Colaborador de Mi Gente Informa

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