MARATÓN HACIA EL EXAMEN DEL NOTARIADO

II   PARTE
OTORGANTE Y COMPARECIENTE
Los notarios suelen evadir hacer esta distinción, con la famosa fórmula Ante Mi Fulano de tal, Notario, Comparecen Mengano y Perengano “Y ME DICEN:”
Comparecen todos los que acuden ante un Notario, le expresan su deseo de intervenir en un ACTO JURÍDICO (Ver artículo anterior), escuchan las explicaciones y al final, firman, si saben, y/o pueden hacerlo; pero intervenir en un acto jurídico, no te convierte en OTORGANTE del acto o contrato de que se trata. De tal manera que, una persona que se presenta con PODER ESPECIAL ante un Notario, para comprar o vender en nombre de su apoderado, estará compareciendo, pero no otorgando; otorga quien dispone.
Otorgante es, en ese sentido, el que es titular del derecho que se está modificando o se convertirá en titular de ese mismo derecho.
LA ESCRITURA MATRIZ
La escritura matriz deberá reunir los requisitos siguientes: (Básicamente)
Que se otorgue ante Notario y se asiente en un Libro de Protocolo, en idioma castellano, indicándose su número de orden y con expresión del lugar, día y hora en que se otorguen… Art. 32 # 1 y 2 Ley de Notariado;
Que se exprese en el instrumento el nombre, apellido, edad, profesión u oficio y domicilio de los otorgantes;
Que el Notario dé fe del conocimiento personal que tenga de los comparecientes;
Que se escriban con letras las cantidades y las fechas: OJO: Las cantidades y las fechas; no se trata que los caracteres numéricos estén prohibidos, solo las cantidades y las fechas; La placa de un vehículo, para el caso, no es una cantidad y lógicamente, tampoco es una fecha.
Que no se escriba cosa alguna en el texto del documento con iniciales o abreviaturas, salvo las frases conocidas comúnmente para tratamientos, títulos de honor o expresiones de cortesía y respeto;
Que los borrones, enmendaduras, entrerrenglonaduras, testaduras y cualesquiera otras correcciones se anoten y salven íntegramente al final del instrumento…;
Que escrito el instrumento se lea íntegramente por el notario a los otorgantes…
Entre otros… LEER ART. 32 LEY DE NOTARIADO
Escritura Matriz es el documento que se asienta en el Libro de Protocolo y del cual se sacan los testimonios (Copias fidedignas) que también tienen la calidad de escrituras públicas…
TAREA: LEER VARIAS VECES EL ART. 32… LEY NOT. VARIAS VECES, DESPACIO Y POR COMPLETO…
DESCARGAR
JUAN RAMÓN ARAUJO LÓPEZ
AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD JURÍDICA

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Abogadito ignorante no sigas confundiendo mas, lo haces a proposito o en realidad eres así de estupido? Que Universidad te formo? El Notariado no es para un pobreton como vos! Te imaginas con tu Protocolo robando a la gente? o lo necesitas para ser alguien, para que alguna desgraciada grencha te preste el culo por ser Notario ...JA JA JA

Anónimo dijo...

o no eres abogado??, o te mueres porque no puedes serlo, o simplemente te mueres de envidia???
y si eres Abogado eres la veguenza del gremio, jajaaj