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EL ROL DEL NOTARIO EN LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA (Acerca de la representación legal) - El Salvador

Los trámites de jurisdicción voluntaria, regulados en la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias, aunque no impliquen una contienda entre partes, como ocurre en un litigio típico con un demandante y un demandado con intereses opuestos, deben seguir las formalidades de la esfera judicial, con la procuración como eje central de toda la actividad procesal.

 

Implicaciones

El Notario y su Oficina Notarial asumen el rol de Juez y sede jurisdiccional. Aunque la procuración no es obligatoria en este ámbito, tampoco está prohibida, lo que permite comparecer ante Notario como apoderado de las partes interesadas.

 

Reglas a Respetar

1. Autorización para Procurar: Quien comparece ante Notario debe estar autorizado para ejercer la procuración, es decir, ser un Abogado de la República.

2. Poder con Facultades Judiciales: El poder que permite la comparecencia ante Notario debe ser un Poder General Judicial, preferiblemente con cláusulas especiales.

 

Diferenciación de Poderes

Es fundamental distinguir entre el contrato de mandato, regulado en el Código Civil, que se ejerce mediante un poder especial o administrativo con cláusulas especiales, y la procuración, que se ejerce mediante un Poder General Judicial.

 

Trámite y Personas Facultadas

El tipo de trámite y la persona que comparece a realizar actos en nombre de alguien son determinantes. Según el Código Procesal Civil y Mercantil, “En los procesos civiles y mercantiles será preceptiva la comparecencia por medio de procurador, nombramiento que habrá de recaer en un abogado de la República, sin cuyo concurso no se le dará trámite al proceso.”

 

Otorgamiento y Sustitución de Poder

Una cuestión interesante es si se puede otorgar un poder judicial a una persona no autorizada para procurar y que esta persona luego sustituya dicho poder a favor de un Abogado. La respuesta es rotundamente no. No se puede sustituir una facultad que no se posee; por lo tanto, alguien no autorizado para procurar no puede sustituir la facultad de representación.

 

Procedimientos

Procedimientos como remediciones, rectificaciones de partidas de nacimiento, y aceptaciones de herencia, regulados en la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias, deben seguir las mismas reglas observadas en sede judicial, siempre que no haya contención de partes. Esto incluye:

- Poder con facultades judiciales (Poder General Judicial con cláusulas especiales).

- Otorgar el poder a favor de un Abogado de la República, con facultades de sustitución entre abogados.

 

Prácticas erróneas en El Salvador

En El Salvador, ha sido común otorgar un poder General Judicial a una persona no Abogada, para que luego ésta lo sustituya a favor de un Abogado. Sin embargo, esta práctica es defectuosa, ya que solo un Abogado puede sustituir a otro Abogado en las facultades de representación judicial.

 

Ejemplo

Si Juan Pérez otorga un poder General Judicial a favor de su tío Pedro Pérez, quien no es Abogado, para que realice una aceptación de herencia ante Notario, este trámite es inviable. Pedro Pérez no puede realizar actos de representación o procuración, ni puede sustituir las facultades otorgadas, ya que no posee la capacidad para hacerlo.

 

Notario como Auxiliar del Órgano Jurisdiccional

Según los considerandos jurídicos de la Ley del Ejercicio Notarial:

I. La jurisdicción voluntaria, competencia actual de los Jueces ordinarios, no implica resolver litigios o conflictos de intereses mediante sentencias con autoridad de cosa juzgada.

II. Los notarios, como delegados del Estado, pueden dar fe y resolver asuntos de jurisdicción voluntaria con los mismos efectos y consecuencias legales.

III. Es conveniente ampliar la función notarial a ciertos casos de jurisdicción voluntaria y otras diligencias, para que el notario actúe como auxiliar del Órgano Jurisdiccional, beneficiando la administración de justicia.

 

Referencia: Artículo 1875 del Código Civil, acerca del mandato y Artículo 67 y siguientes del Código Procesal Civil y Mercantil.


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¿QUÉ HACER SI TE LLAMAN LAS AGENCIAS DE COBRO DE DEUDAS?

Recibir una llamada de una agencia de cobro de deudas puede ser una experiencia estresante y confusa. Es importante entender cómo funcionan estas agencias, qué derechos tienes como consumidor y cómo puedes manejar la situación de manera efectiva. En este artículo, te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre las agencias de cobro de deudas y cómo protegerte de prácticas abusivas.

 

¿Qué es una Agencia de Cobro de Deudas?

Una agencia de cobro de deudas es una empresa que se especializa en recuperar deudas impagas en nombre de los acreedores. Estas agencias son contratadas cuando una deuda no ha sido pagada durante un período de tiempo considerable. Su objetivo es persuadir a los deudores a que paguen lo que deben, utilizando una variedad de tácticas que van desde recordatorios amigables hasta acciones más serias.

 

¿Cuáles son tus Derechos?

Es fundamental que conozcas tus derechos cuando una agencia de cobro de deudas se pone en contacto contigo. Aquí te dejamos algunos de los más importantes:

1. Derecho a la Información: La agencia debe informarte claramente sobre la deuda, incluyendo el monto, el nombre del acreedor original y cualquier detalle relevante.

2. Derecho a Disputar la Deuda: Si crees que la deuda es incorrecta, tienes el derecho de disputarla. La agencia debe investigar y verificar la deuda antes de continuar con el cobro.

3. Protección contra el Acoso: Las agencias no pueden acosarte con llamadas constantes, amenazas o tácticas intimidatorias. La ley protege a los consumidores contra este tipo de comportamiento.

 

Marco Legal Internacional

En el ámbito internacional, la regulación de las agencias de cobro de deudas varía considerablemente entre países. Sin embargo, existen principios generales promovidos por organizaciones internacionales como la ONU y la OCDE que buscan garantizar un trato justo y equitativo para los deudores.

 

1- Directrices de las Naciones Unidas sobre Protección del Consumidor: Estas directrices establecen principios para la protección del consumidor, incluyendo la transparencia en las operaciones de cobro y la prohibición de prácticas abusivas.

2- Directivas de la Unión Europea: La Directiva 2011/83/UE sobre los derechos de los consumidores y la Directiva 2008/48/CE sobre contratos de crédito al consumo son ejemplos clave de cómo la UE regula este sector, asegurando que los consumidores no sean víctimas de prácticas engañosas o coercitivas.

 

Prácticas Permitidas y Prohibidas

Aunque las agencias de cobro de deudas tienen derecho a contactarte para recuperar el dinero, hay prácticas específicas que están prohibidas por ley:

1. Llamadas Frecuentes e Inoportunas: No pueden llamarte repetidamente o en horarios inoportunos (como muy temprano en la mañana o tarde en la noche).

2. Amenazas y Coerción: No pueden amenazarte con arresto, violencia o acciones legales que no tienen intención de tomar.

3. Engaño y Falsificación: No pueden proporcionarte información falsa sobre la deuda ni falsificar documentos.

 

¿Qué Hacer si te Contacta una Agencia de Cobro de Deudas?

Si una agencia de cobro de deudas se pone en contacto contigo, aquí hay algunos pasos que puedes seguir para manejar la situación de manera efectiva:

1. Mantén la Calma: Es normal sentirse abrumado, pero trata de mantener la calma y ser razonable en tus interacciones.

2. Solicita Información Detallada: Pide a la agencia que te proporcione toda la información relevante sobre la deuda.

3. Documenta Todo: Guarda un registro de todas las llamadas, correos electrónicos y cartas que recibas. Esto puede ser útil si necesitas disputar la deuda o presentar una queja.

4. Conoce tus Opciones: Investiga tus opciones para pagar la deuda, incluyendo planes de pago o negociaciones.

 

¿Qué Hacer si Experimentas Abuso?

Si sientes que una agencia de cobro de deudas está utilizando tácticas abusivas, tienes varias opciones:

1. Presenta una Queja: Puedes presentar una queja ante la autoridad reguladora correspondiente en tu país (como la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros en México o la Oficina de Protección Financiera del Consumidor en Estados Unidos).

2. Consulta con un Abogado: Si las prácticas abusivas persisten, considera consultar con un abogado especializado en protección al consumidor.

3. Conoce tus Derechos Legales: Familiarízate con las leyes que te protegen contra el acoso y las prácticas engañosas.

 

Conclusión

La regulación de las agencias de cobro de deudas es esencial para proteger a los consumidores de prácticas abusivas y garantizar que el proceso de cobro de deudas se lleve a cabo de manera justa y transparente. Las leyes internacionales y nacionales proporcionan un marco para esta regulación, pero es crucial que los consumidores conozcan sus derechos y las prácticas prohibidas. En última instancia, un equilibrio adecuado entre la recuperación de deudas y la protección del consumidor es fundamental para un sistema financiero justo y equitativo.

Saber cómo manejar las llamadas de una agencia de cobro de deudas es esencial para proteger tus derechos y tu bienestar financiero. Conociendo tus derechos y las prácticas prohibidas, puedes enfrentarte a estas situaciones con confianza y asegurar que seas tratado de manera justa y respetuosa.

 

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