LA PÁGINA DEL ABOGADO
Sobre el aumento al salario
mínimo aprobado por el Consejo del Salario Mínimo expresa, ante la comunidad
académica nacional e internacional:
El Consejo Nacional del Salario
Mínimo está conformado por los diferentes sectores interesados en el asunto,
básicamente por representantes del interés público, de los trabajadores y de
los patrones. 3 + 2 + 2 (3 del sector público + 2 del sector trabajador + 2 del
sector patrono)
El Consejo del Salario Mínimo
tiene como atribuciones:
1- Elaborar y proponer al Órgano
Ejecutivo, en el Ramo de Trabajo y Previsión Social, proyectos de decretos para
la fijación de salarios mínimos;
2- Proponer al Órgano
Ejecutivo en el Ramo de Trabajo y Previsión Social, las modificaciones de las
tarifas de salarios mínimos fijados por decreto, cuando varíen sustancialmente
las condiciones que determinaron su fijación;
3- Prescribir normas para la
estimación del costo de la vida y de los otros elementos de juicio que, de
conformidad al Art. 145, deben tomarse en consideración para la fijación del
salario mínimo;
4- Integrar las Comisiones que
considere necesario para investigar los elementos a que se refiere el literal
anterior;
5- Elaborar su reglamento
interno.
En el Salvador, durante las
administraciones del partido oficial de la ANEP, es decir, de la empresa
privada, nunca se revisó el salario mínimo, porque al entonces oficialismo no
le convenía; para lograr sus fines hacía uso de la estructura gubernamental:
ejecutivo, legislativo y judicial.
Tanto así que el salario
mínimo no fue aumentado sino hasta las dos últimas administraciones, cuando
llegó a $ 250.00 y últimamente a $ 300.00 aproximadamente.
Sin embargo, la empresa
privada salvadoreña sigue oponiéndose a revisar y hacer efectivo un incremento
salarial significativo, acorde a las exigencias económicas de los tiempos
actuales; situación agravada por otros aspectos especulativos que se originan
en la misma empresa privada salvadoreña.
En términos sencillos el
paraíso liberal de los empresarios privados es aquél donde no hay ninguna
regulación de precios y puedan aumentarlos a antojo, es decir, incrementar el
costo de la vida a cada momento, pero donde el salario mínimo esté estático por
décadas.
En este punto la ANEP y sus
aliados dicen rechazar la lucha de clases, por “fomentar el odio”; sin embargo
con sus actos avivan el fuego de la lucha de clases, por pretender que la clase
trabajadora se empobrezca cada mes y cada año, mientras ellos incrementan sus
ganancias cada día.
Esa es la razón del sector
patronal de haber rehusado asistir a conformar el Consejo del Salario Mínimo y
querer entorpecer el proceso, evitando la revisión del salario mínimo.
Por ello apoyamos los acuerdos
del Consejo del Salario Mínimo y pedimos a la Sala de lo Constitucional que no
realice actos hostiles en contra del pueblo salvadoreño, actos que denotan odio
a la clase trabajadora.
Recuerden que el principio y
fin de la actividad del Estado es la persona humana; y que la inasistencia del
sector patronal fue por negligencia propia; y que además 3 miembros del sector
público más 2 del sector trabajador suman 5 miembros contra 2 ausentes, no violenta
el principio democrático.
AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD
JURÍDICA
2 comentarios:
muy de acuerdo con tan atinada opinion
el dinero proveniente del aumento vendra a dinamizar la economia pues a contrario de lo que hacen los empleadores el trabajador no lo pondra al banco sino lo usara para llenar sus necesidades aun no satisfechas.
Publicar un comentario