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EJECUCIÓN FORZOSA (TERCERA PARTE)


Contenido

1º Oposición a la ejecución;

2º Suspensión a la ejecución; y

3º Ejecución contra el Estado;

OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN

El ejecutado puede oponerse a la ejecución, pero únicamente bajo las siguientes condiciones:

1º Que comparezca dentro de los cinco días siguientes al de la notificación del despacho de la ejecución;

2º Que presente su oposición por escrito;

3º Que la oposición se refiera a falta de carácter o calidad del ejecutante o del ejecutado, o de representación de los mismos; por falta de requisitos legales del título; por el pago o cumplimiento de la obligación; o, bien, por haber prescrito la pretensión de ejecución.

El derecho de oposición concedido al ejecutado no implica dilación, revisión o una especie de recurso, por ende, la ley ha sido taxativa al enumerar las causas por las cuales, el ejecutado, puede oponerse a la ejecución y por lo mismo se resuelve sin suspender las actuaciones procesales.
La oposición se puede referir a defectos procesales y a cuestiones de fondo, según los artículos quinientos ochenta y uno y quinientos ochenta y dos del código procesal civil y mercantil.

SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN

La regla general es que la ejecución no se suspende por oposición del ejecutado, ni siquiera por existir revisión de sentencias firmes, sin embargo, se puede suspender la ejecución, según lo regulado en el Artículo quinientos ochenta y seis, de éste artículo se deduce el carácter excepcional de la suspensión.

La primera posibilidad es: El acuerdo de las partes (La ejecución podrá suspenderse cuando lo soliciten todas las partes personadas);

El segundo caso es legal, es decir, cuando lo ordene la ley; y Cuando se iniciare proceso penal por hechos delictivos relacionados con el título (Prejudicialidad penal)

LA EJECUCIÓN CONTRA EL ESTADO

La ejecución contra el Estado está regulada en los artículos quinientos noventa y quinientos noventa y uno del Código Procesal Civil y Mercantil y es aplicable cuando se pida la ejecución de una sentencia de condena contra:

El Estado, visto como la República de El Salvador;

A una municipalidad; o

A una institución oficial autónoma.

Ejemplos de instituciones oficiales autónomas: La Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA) o la Universidad de El Salvador (UES) entre otras

En cuanto al sistema procesal de ejecuciones contra el Estado, es necesario aclarar que no existe una solución coactiva para asegurar al acreedor el derecho de ejecución de las sentencias, como sería embargo de bienes contra el Estado, probablemente porque el legislador, al momento de redactar el código procesal civil y mercantil, consideró que el Estado es un ente violador de derechos a granel y que exponer a sus instituciones a procesos coactivos para la ejecución de sentencias en su contra, iría en detrimento del interés general, del Estado y de la sociedad, razón por la cual, cuando se redactó la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA) se trasladó la responsabilidad a los funcionarios públicos.

En derecho comparado: En Uruguay se ha establecido legalmente la inembargabilidad absoluta de los bienes del Estado. El procedimiento de ejecución contra el Estado se limita a la notificación judicial efectuada al órgano estatal condenado.

En El salvador:

Cuando se pida la ejecución de una sentencia que condene al Estado, a un municipio o a una institución oficial autónoma al pago de cantidades líquidas, el juez remitirá el auto de despacho de la ejecución al funcionario que corresponda, así como a cualquier otro que indique la ley de la materia, a fin de que libren y autoricen las órdenes de pago con cargo a las partidas correspondientes del presupuesto general vigente.

Si no fuere posible cargar la orden de pago al presupuesto vigente, el funcionario que corresponda propondrá que en el presupuesto general de gastos del año siguiente se incluyan las asignaciones o partidas necesarias para el pago de lo ordenado en la sentencia ejecutoriada.


Puedes ver éste contenido en video en:
https://www.youtube.com/watch?v=42Cf4OPfLVE

OFENSIVAS “POLÍTICAS” EN YOU TUBE – LA GUERRA ESTÁ DECLARADA


La paralización del transporte colectivo, que todos apreciamos con admiración, por la magnitud que alcanzó la recién pasada semana, tiene un complemento en lo que, según se ve, será una serie de videos subidos en you tube, aterrorizando a la comunidad, pero particularmente a aquellos encargados de la administración de justicia.
Si bien, el gobierno está en deuda con la justicia, al no promover las acciones legales pertinentes contra aquellos delincuentes de “cuello blanco” que tanto daño han causado a la sociedad, particularmente a la población pobre.
Ahora vienen las amenazas a todos los que trabajan para el “Sistema de gobierno”, fiscales, jueces, policías… intimidación, zozobra… etc. no deben sorprender, es parte de la guerra para volver al estado de cosas que existía antes de las elecciones del año 2009; sobre todo si tomamos en cuenta que los personajes que protagonizan los videos “mareros unidos” no parecen serlo, como ya alguien lo dijo, manejan un lenguaje corporal y verbal muy diferente al que usan los muchachos de las maras… por lo que podemos ir intuyendo que se trata de una guerra contra juristas de avanzada y no ultraconservadores
Entonces ¿Hay o no una guerra? Ya vimos las primeras ofensivas, de lo que parece ser una guerra psicológica y de baja intensidad como la han llamado algunos blogueros ¿Hasta dónde llegará?...
Cualquiera puede grabar un video y subirlo a YOU TUBE, con cualquier contenido… Ahora, hasta los diputados son objeto de amenazas… ellos tiene seguridad y los jueces de cierta jerarquía, también…
Ahora bien, la estabilidad social, es algo invaluable para cualquier gobierno y romperla es primordial para cualquier partido de oposición… en tiempos de la derechista ARENA, cuando se descubría alguna anormalidad… los voceros del gobierno inmediatamente salían a decir que se trataba de estrategias para desestabilizar al gobierno…
Todo lo que ocurría en El Salvador, en materia de huelgas, protestas y revueltas, para el gobierno arenero, tenían origen político y era el FMLN el que estaba detrás organizando todo… y a pesar que jamás hubo una acción de vandalismo como la ocurrida recientemente con el parón de buses, la derecha siempre pretendió que se trataba de eso: desestabilización política.
JUAN RAMON ARAUJO LOPEZ, Abogado y Colaborador de Mi Gente Informa

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