La comunidad jurídica debe hacerse dos preguntas importantes ¿Por qué la Corte Suprema de Justicia de repente suspende la realización de exámenes para autorizar notarios? Y ¿Por qué ahora todos están interesados en “solucionar” este inconveniente?
Hay funciones públicas más importantes que el notariado y se dan a la ligera… conozco de un caso en particular (…) se puso al amigo de aquellos que tomaban la decisión simplemente porque la ley los faculta, en caso de que ninguna de los aspirantes posea los requisitos de ley, a hacer eso… no hubo exámenes, pruebas ni nada… se trata de una función muy delicada en el Consejo Nacional de la Judicatura…
Existen otras funciones igualmente importantes y mucho más que la del notariado… por ejemplo, los llamados padres de la patria (Diputados); el Presidente de la República… solo por mencionar algunos casos… hay tantos casos… y tan poco espacio para mencionarlos…
El Notario se limita a DAR FE de aquellos actos, contratos y declaraciones de voluntad que se verifican ante su presencia y oficio, darles legitimidad, legalidad y credibilidad jurídica…
Se trata, según conceptos de ley (Ley del Notariado, Art. 1 y 2) de una función pública, sin embargo, el notario no es un funcionario público… según algunos tratadistas, es un delegado del Estado; tiene un compromiso con la legalidad, el interés público y el derecho de los particulares que acuden ante sus oficios.
El abogado, en cambio (Rol diferente) es el profesional que representa los intereses de su cliente, luego de ser contratado para ello, diagnosticar una situación jurídica y producir una teoría de caso; su cliente es su patrocinado y a él se debe íntegramente.
El abogado necesita estar autorizado como notario:
PRIMERO: Porque necesita, en muchos casos, legalizar su propia firma… en aquellos casos en que debe presentar escritos y no puede acudir personalmente… en el sistema actual, hay muchos condenados a pagar a otro profesional por esta sencilla cuestión… (Injusto, desigualdad)
SEGUNDO: La tradición es que una oficina jurídica, debe brindar servicios jurídicos completos: De abogacía y notariado…
La abogacía implica una gran responsabilidad y el profesional debe contar con ese perfil (Responsable); el único conocimiento válido que se debe exigir a los abogados para ser notarios es que los actos que verifican, deben existir, ser reales, legales y auténticos, tal y como rezan los textos que se levantan… por eso el notariado está más bien vinculado a cuestiones de honradez y no de conocimientos técnicos…
REDACTAR Y ASESORAR: Todo notario (Abogado autorizado como notario) trabaja en base a formatos y formularios… esto no es un pecado… nadie se sabe de memoria todo cuanto formato notarial existe… máxime ahora con los avances tecnológicos… el Internet, las computadoras, programas automatizados modernos (Para trabajar con el protocolo)
Entonces, el notariado es una función pública importante… pero no tiene la trascendencia… que pretenden que solo unos pocos “iluminados” sean autorizados para ello… en realidad lo que hay detrás de eso, es un escándalo sin sentido en el que algunos que ostentan el poder en las argollas de oro… quieren eliminar la competencia, evitar el traspaso generacional, perpetuarse en sus sitios de privilegio… en sus argollas de poder institucional… tener sometido a todo el gremio de abogados y además… pretender que están trabajando en beneficio de nosotros (el gremio)
JUAN RAMÓN ARAUJO LÓPEZ
ABOGADO (Sin notariado) con 4 intentos fallidos en los que el reprobado fue el sistema… el fracasado sistema ideado por los señores "Iluminados" de la CSJ... ahora vienen hablando de pedir apoyo del Ministerio de Educación... para elaborar la prueba... !Vaya!...
4 comentarios:
Muy interesantes las dos preguntas, y es verdad, eso teniendo en cuenta que litigar genera mas ingresos que el notariado...
Ademas hoy en dia el notariado ya no es tan rentable como antes
Al parecer es un escándalo sin ningún sentido, pero en verdad es un problema generalizado para todos aquellos colegas que se iniciaron en la jurisprudencia, con el afán de obtener su Licenciatura en Ciencias Jurídicas como primer paso y luego obtener su autorización como Abogado y para culminar sus aspiraciones en esta rama su sello de Notario, con lo que puede obtener más ingresos económicos para satisfacer las necesidades de sus familias.
Bueno, en realidad el tema del examen o la autorización para ejercer el Notariado es algo que toda la comunidad jurídica lo sabe, y, si la verdad es que es un problema de monopolio a nivel institucional, yo creo que esto jamas se va a restablecer, simplemente porque cada día que pasa aumentan los intereses individuales que cada vez son mas honerosos y difíciles de retribuir, así que de este tema hay mucho mas que se puede decir.
En unala clave 2-13-12-2015,se hizo la pregunta siguiente:ambrosio tiene una hija llamada veronica quien fallece en agosto del 2005, dejando como producto de su matrimonio a una hija llamada andrea. Ambrosio fallece en septiembre del 2015 dejando como herederos a su esposa y a una hija mas.con respecto a la sucesión de andrea diga:en este caso crei que se trataba de una cascarita como las que acostumbran,pero al ver la respuesta, me doy cuenta que fue un error en la redaccion de la pregunta, ya que se entiende que estamos en
presencia de una sucesion testamentaria, ya que ambrosio dejo a su esposa y una hija más como sus herederos la cual es una disposición que se hace solamente por la vía testamentaria y no en una sucesión intestada; por lo que considero que en éste caso no se puede heredar por el derecho de representación, y considero que la respuesta correcta sería que andrea no tiene derecho a la herencia, ya que ambrosio no la dejo como heredera.
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