Mostrando entradas con la etiqueta eleccion. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta eleccion. Mostrar todas las entradas

CANDIDATURAS A MAGISTRADOS DE LA HONORABLE CSJ


En las elecciones anteriores, varios candidatos ofrecieron solucionar el problema del examen del notariado, nada ha ocurrido y existe un decreto que ordena a la “honorable” Corte Suprema de Justicia a realizarlo de forma anual.
Sin embargo, esa “solución” (Decreto de reforma del Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial) no viene de los magistrados de la CSJ.
Ahora, se nos presentan dos clases de candidatos, por un lado algunos que nunca participaron y otros que, no son sino más de lo mismo de siempre: mentirosos conocidos y potenciales mentirosos.
CLASES DE CANDIDATOS
Candidatos del gremio: Abogados que han ejercido libremente la profesión y que han llegado a cumplir los requisitos legales para ser candidato;
Jueces y magistrados de Cámara: Candidatos que han discriminado a los abogados independientes, sobre todo a los nuevos, que por “x” o “y” razones han llegado a una judicatura y por eso se sienten superiores y por eso, pueden ver de menos a todo el que tiene apariencia de litigante nuevo.
POR QUIÉN VOTAR
Cada Abogado toma una decisión basado en el grado de identidad que siente con determinados candidatos, por lo tanto, no tiene sentido que un colega independiente decida votar por candidatos jueces, es decir, apoyar candidaturas si ellos se identifican y muestran un compromiso con sectores diferentes a la parte del gremio que ejerce libre e independiente la abogacía.
Existe una diferencia de intereses entre el abogado libre y el que está nombrado en una judicatura en el país, incluso, se puede decir, que existe una enemistad; porque los jueces buscan retardar los procesos de aquellos abogados independientes, es decir, que no tienen vínculos con argollas, para hacerlos ver ante los clientes como malos profesionales. Hacen prevenciones que realmente no proceden, observan “defectos” que solo en sus mentes existen.
Por esa razón, debemos deducir lógicamente que un Juez que le dificulta las cosas deliberadamente a los abogados, de llegar a una magistratura en la CSJ, no hará un papel diferente, sino seguir con una actitud denigrante y discriminatoria contra el gremio libre e independiente, que en definitiva habría votado por ellos.
Si eres abogado libre e independiente (Ejercicio) LA PÁGINA DEL ABOGADO te recomienda no votar por candidatos jueces, no importa cuántas promesas hagan para conseguir votos.
Si eres Juez de la República y eres de los pocos que tienen algún respeto por el gremio, apoya la iniciativa de abogados independientes.
Es necesario votar por abogados independientes y libres de ataduras con argollas, reconocidos y de reconocida afinidad con el gremio libre e independiente, que represente a los abogados que con esfuerzo tienen oficina y muchos que ni siquiera eso, que no han podido asentarse en un local, por dificultades de diferente índole.
En otras palabras, necesitamos magistrados que conozcan las necesidades de los abogados, pero no de los abogados de argolla o de cuna de oro.
Trayectoria, compromiso, idoneidad, disciplina y visión humanitaria deben ser componentes inseparables para un buen candidato.
Si después de valorar las propuestas de los diferentes candidatos, resulta que ninguno reúne los requisitos, no votemos por ninguno, pero es necesario expresar un descontento con el proceso de selección de candidatos y de elección de magistrados; es un paso muy importante para conseguir un respeto para nuestro gremio.
JUAN RAMÓN ARAUJO LÓPEZ

CANDIDATURAS PARA INTEGRAR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

PRIMERA PARTE
La Corte Suprema de Justicia es la entidad pública que por mandato constitucional, autoriza a los profesionales en ciencias jurídicas, para el ejercicio de la abogacía, previo un trámite administrativo que se sigue en la Sección de Investigación Profesional.
Ahora bien, el proceso por medio del cual se selecciona a los integrantes de la Corte Suprema de Justicia, no es muy conocido por el gremio… la mayoría conoce únicamente de la elección que para ese efecto se realiza y al cual algunos abogados (Minoría) acuden para dar su apoyo a quienes según su criterio, son los mejores.
Las normas aplicables en este proceso son las siguientes:
Constitución de la República;
La Ley del Consejo Nacional de la Judicatura;
El Reglamento del Consejo Nacional de la Judicatura; y
El Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa.
El procedimiento completo pareciera un tanto complicado, por el hecho que hay dos fuentes: Por un lado está la elección pública que se da entre los abogados autorizados y por el otro lado, la propuesta del Consejo Nacional de la Judicatura, por cierto y dicho sea de paso, la mayoría preferiría saltar el filtro del gremio e ir propuesto per-saltum de una vez por al CNJ.
¿Quién cuenta con la nómina completa y actualizada de los abogados autorizados? Pues lógicamente que la Sección de Investigación Profesional, de la Corte Suprema de Justicia… no obstante el primer paso lo da el Consejo Nacional de la Judicatura, revisando la nomina de todos los abogados autorizados por la CSJ
Luego, el Consejo Nacional de la Judicatura elabora un Registro Especial de Abogados Elegibles; posteriormente, el mismo CNJ publica el Registro Especial de Abogados Elegibles en dos periódicos de circulación nacional…
En este punto, el Consejo Nacional de la Judicatura realiza dos acciones que desencadenarán los dos bloques de abogados pre-seleccionados, que posteriormente irán al filtro político en la Asamblea Legislativa… (Estas acciones son simultáneas)
ACCIÓN A
1- El CNJ convoca a los abogados elegibles a que se inscriban en el proceso de selección;
2- Inscripción de los abogados interesados en el proceso de selección;
3- El CNJ realiza un examen de preselección a los abogados inscritos;
4- Los abogados que aprueban el examen, ingresan a un curso de capacitación;
5- Se forma el banco de datos de abogados pre-electos, con los aspirantes que aprueban el curso;
6- El CNJ investiga la conducta profesional de los abogados preelectos…
7- El CNJ elige a los 15 abogados con los mejores resultados en el proceso
Estos QUINCE se unirán a los QUINCE que resultan electos del proceso de selección entre el gremio de abogados… haciendo un total de TREINTA preelectos que irán a la Asamblea Legislativa… 
ACCIÓN B
De esta surgirán los otros QUINCE:
El CNJ entrega la lista especial de elegibles a la FEDAES
La FEDAES organiza la elección de candidatos por parte del gremio de abogados
La FEDAES presenta una lista de los QUINCE candidatos que obtuvieron la mayor cantidad de votos, en la elección del gremio…
QUINCE PROVENIENTES DE CNJ +
QUINCE PROVENIENTES DEL GREMIO
HACEN UN TOTAL DE TREINTA
Esta lista (de 30) es publicada nuevamente en dos periódicos de circulación nacional…
El Consejo Nacional de la Judicatura envía esa lista a la Asamblea Legislativa;
La Asamblea, analiza las propuestas en la Comisión Política…
Finalmente, la Asamblea elige a los magistrados con el voto de los dos tercios de los diputados electos…
Todo este proceso… que viéndolo bien no es tan complicado… está regulado en las normativas mencionadas… en qué momento entran a “jugar” las asociaciones de abogados… que se auto atribuyen la potestad de ser las únicas en hacer propuestas ante el Consejo Nacional de la Judicatura…
Esperar la segunda parte… proponer candidatos no es tan complicado como nos han querido hacer ver…
JUAN RAMÓN ARAUJO LÓPEZ
NOTA: Ver: Art. 49 y siguientes de la Ley del Consejo Nacional de la Judicatura: FORMACIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS...
Art. 60 y siguientes del Reglamento del Consejo Nacional de la Judicatura; y el REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE CANDIDATOS A MAGISTRADOS ELABORADO POR FEDAES...

ABOGADOS ELEGIBLES PARA MAGISTRATURAS


LA PÁGINA DEL ABOGADO: Invita a sus miembros y amigos (SDG) para que propongan a los abogados cuyas trayectorias y credenciales (Honradez, credibilidad y liderazgo) sean suficientes para ser considerados ELEGIBLES a cargos como MAGISTRADOS de la Corte Suprema de Justicia.
Se formará una base de datos (Nomina) de los abogados que sean mencionados por la comunidad jurídica; ésto para poner fin a la práctica histórica de postular a los más amigos de las cúpulas (Unos pocos decidían quién o quiénes serían magistrados)
Este es un esfuerzo por democratizar la CSJ y la administración de justicia en general...
NOTA: Cuando proponen un abogado, tienen que mencionar:
1- Trayectoria profesional
2- Aportes académicos (Publicaciones, libros, artículos, pronunciamientos, investigaciones)
3- Representaciones a favor de la comunidad (Adhonorem) en procesos de inconstitucionalidad, contencioso-administrativos, etc.)
4- Compromiso con la transparencia, democracia y apertura del gremio
5- Juventud en equilibrio con experiencia.
La anterior iniciativa es en virtud de estar a las puertas de celebrar el mes de los abogados (Junio)

ELECCIONES INTERNAS DIRECTIVA MUNICIPAL SAN MIGUEL SE DESARROLLAN CON CIERTA NORMALIDAD

La sede del FMLN en la ciudad de San Miguel, desde las 8:00 horas Am, del día 22 de agosto de 2010 fue ocupada por autoridades, militantes y simpatizantes del partido, para proceder a elegir a quienes conformarán la Junta Directiva Municipal en San Miguel (Departamento del mismo nombre, Zona Oriental)
Como es normal, se presentaron pequeños incidentes, el señor Víctor Zelaya (Rojo Rojito) quien ha desarrollado una campaña orientada a desgastar la credibilidad de algunos dirigentes migueleños, como el Licenciado Rodolfo Martínez, el Diputado por San Miguel Ricardo González, el Licenciado Nelson Quintanilla, entre otros… se presentó haciendo uso de un equipo de sonido con el cual realizó una serie de acusaciones, en las que en síntesis pedía que se cambiaran a las autoridades partidarias en el departamento de San Miguel.
En San Miguel, siempre hubo contradicciones y desacuerdos, pero las bases han estado conformes con el papel que desarrollan sus autoridades, tanto municipales como departamentales… si bien, el trabajo de dirección podría hacerse mejor, la oposición interna no tiene la seriedad necesaria o un programa congruente necesario para poder cambiar, para mejorar, a dichas autoridades… así como tampoco, cuenta con personalidades de peso y que posean probados principios revolucionarios como para ser candidatos dignos a aspirar desbancar a las actuales autoridades.
En éste marco se ha dado una serie de acusaciones, de ser poco revolucionario, derechista y hasta traidores (Piti-yanquis, arenazis, salgadistas, etc.), pero pruebas que corroboren esas acusaciones… en realidad hay muy poco… o bien… NADA.
La única cosa reprochable en ese evento político… fue que en plena tormenta, a quien no se le hallaba en el padrón para votar, no le dejaban entrar a la sede del partido… quedando en la calle una gran cantidad de personas (Compañeros, militantes, gente de principios revolucionarios)
No obstante, en términos generales puede decirse que el evento interno del partido se desarrolló con total normalidad y por ende, sus resultados gozarán de legitimidad.
Sin embargo, y dado que el FMLN es un partido revolucionario, democrático y pluralista… es necesario sentar en una mesa de negociación a las partes en pugna… de hecho no se puede descartar a un compañero de lucha por el hecho que éste exprese su opinión de forma libre, aunque sea diferente a las ideas oficialmente aprobadas en el partido… lo importante es el rumbo revolucionario y socialista, con miras a un día llegar a conquistar una sociedad justa, con dignidad para todos los seres humanos y sin explotación de unos sobre otros.
Desde este foro, no se encuentra ninguna anormalidad de gravedad para atacar de ilegítimas las elecciones internas en San Miguel, salvo por algunas prácticas un tanto nocivas que históricamente se han dado y que poco a poco deberán ir desapareciendo, como de presentar plataformas (Planchas de candidatos por los cuales votar) y entregárselas a los electores.
En todo caso, la información ha fluido con cierta libertad y la decisión de cada votante se ha respetado en un porcentaje muy alto (85%-90%) por lo que el proceso es legítimo.
PRELIMINARMENTE: El Licenciado Rodolfo Martínez ha resultado electo para coordinador municipal de San Miguel.


JUAN RAMON ARAUJO LOPEZ, ABOGADO Y COLABORADOR DE MI GENTE INFORMA

Entrada destacada

LA AUTENTICIDAD DE LOS INSTRUMENTOS PÚBLICOS Y EL RÉGIMEN DE AUTENTICACIONES CONSULARES

  1. La presunción de autenticidad como pilar de la seguridad jurídica   El artículo 334 del Código Procesal Civil y Mercantil consagra ...