sábado, 20 de septiembre de 2025

🚗 CÓMO EVITAR QUE TE ESTAFEN AL COMPRAR UN CARRO USADO

 Guía legal práctica en El Salvador

Comprar un vehículo usado puede ser una buena inversión, pero también es un terreno lleno de riesgos: fraudes, documentos falsos, deudas ocultas o incluso la compra de un automóvil robado. Por eso es fundamental conocer las precauciones legales que todo comprador debe seguir en El Salvador, basándose en las normas del Código Civil y la legislación complementaria.

🔹 1. Verifica la identidad del vendedor y su legitimación

👉 Si el vendedor no es el dueño inscrito en el Registro de Vehículos, no puede transmitirte legalmente la propiedad. Salvo que exista un contrato de compraventa, sin inscribir, previo. Se debe respetar la cadena de ventas.

Qué hacer:

Solicita el DUI original del vendedor.

Comprueba en el Registro Público de Vehículos (VMT) quién aparece como propietario.

Si el vendedor es apoderado, pide la escritura de poder notarial y verifica que haya sido redactado con la solemnidad de constar en Escritura Pública.

🔹 2. Revisa la situación legal y técnica del vehículo

Antes de pagar, exige una revisión en tres frentes:

1. Historial de propiedad: verificar que no existan gravámenes, embargos o prendas inscritas sobre el vehículo.

2. Historial judicial y fiscal: solicitar constancias de que el carro no está ligado a procesos judiciales, multas impagas o impuestos pendientes.

3. Revisión técnica: acudir a un mecánico de confianza para detectar daños ocultos.

🔹 3. El contrato debe ser escrito y autenticado, plasmarse las firmas autógrafas, tanto de comprador como de vendedor en el documento privado y también, en el acta notarial, donde deberá firmar, además, el Notario Público correspondiente.

El art. 1597 del Código Civil establece que el contrato de compraventa es “un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa, y la otra a pagarla en dinero”.

Para que sea válido y seguro, en la compraventa de vehículos usados en El Salvador:

 

Debe celebrarse mediante documento privado autenticado por notario.

El contrato debe detallar:

Identificación de las partes.

Descripción del vehículo (marca, modelo, número de motor, chasis, placas).

Precio y forma de pago.

Declaración de libre de gravámenes.

Responsabilidad por vicios ocultos.

🔹 4. La entrega y la tradición de la propiedad

En derecho salvadoreño, la compraventa por sí sola no transfiere la propiedad; se necesita además la entrega (tradición).

Recomendación:

De ser posible, hazte acompañar del vendedor al Viceministerio de Transporte (VMT) para inscribir la transferencia.

No entregues la totalidad del dinero hasta tener certeza de que el vehículo va a quedar registrado a tu nombre.

🔹 5. Precauciones especiales contra fraudes comunes

 🚨 Vehículos clonados o robados: pide revisión en INTERPOL y en la División de Vehículos de la PNC.

🚨 Precios demasiado bajos: pueden ser señuelo para captar a compradores confiados.

🚨 Venta con prenda oculta: exige certificación registral actualizada.

🔹 6. Responsabilidad por vicios ocultos

El Art. 1639 y siguientes del Código Civil obliga al vendedor a responder por defectos ocultos del vehículo que lo hagan inútil o disminuyan su valor de tal forma que el comprador no lo habría adquirido o habría pagado menos.

 

Ejemplo: si compras un carro usado y a los pocos días se descubre que el motor estaba dañado y el vendedor lo sabía, tienes derecho a:

Resolver el contrato y exigir la devolución del precio, o

Pedir una rebaja proporcional del valor.

🔹 7. Consejos prácticos finales

1. Nunca pagues en efectivo sumas altas; utiliza transferencias o cheques para dejar constancia.

2. No firmes documentos en blanco.

3. Guarda copias de todo: contrato, DUI del vendedor, constancia de no gravamen, recibos de pago.

4. Siempre autentica la compraventa ante notario.

📌 Conclusión

El Código Civil salvadoreño brinda las herramientas legales para protegerte en la compraventa de un vehículo usado. La clave está en verificar la propiedad, exigir un contrato formal, revisar deudas y defectos, e inscribir la tradición en el Registro de Vehículos.

Comprar un carro usado no tiene por qué ser un salto al vacío: con esta guía legal práctica, puedes blindar tu inversión y evitar caer en estafas.


BUSCA SIEMPRE ASESORÍA LEGAL, CON TU NOTARIO DE CONFIANZA.

 

AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD JURÍDICA Y DEL CONSUMIDOR

viernes, 19 de septiembre de 2025

⚖️ ¿Qué es “menaje de casa” legalmente? Autoridades Responsables

Se considera menaje de casa al conjunto de bienes domésticos (muebles, electrodomésticos, enseres del hogar, etc.), nuevos o usados, propiedad de una persona o familia, que se importan sin fines comerciales. (Aduana El Salvador)

 

🏛 Normativa vigente / reformas recientes

  1. Ley Especial Transitoria de Incentivos y Tratos Preferenciales Destinados al Favorecimiento de la Repatriación de Salvadoreños
  2. Beneficios principales bajo esa ley transitoria:
    • Exención de derechos e impuestos para el menaje de casa de un grupo familiar, siempre que su valor no supere los US$70,000. (Aduana El Salvador)
    • Se permite también traer hasta dos vehículos por familia, siempre que estén en buen estado, no sean chatarra. (Aduana El Salvador)
  3. Flexibilización de requisitos:
    • No es obligatorio que el salvadoreño se establezca permanentemente; fines temporales o vacacionales también aplican. (Diario El Mundo)
    • Permitir trámites mediante apoderado y uso de firma electrónica. (Diario El Salvador)
    • Vehículos reparados en buenas condiciones son aceptados, no sólo los “limpios”. (Noticias El Salvador)
  4. Vigencia:
    • Originalmente por un año, pero se ha prorrogado. Hasta el 8 de noviembre de 2025 según la extensión aprobada. (Diario El Mundo)

📋 Requisitos y procedimiento

Estos son los pasos y requisitos más importantes que hay que cumplir: (Aduana El Salvador)

Requisito

Detalles

Nacionalidad

Salvadoreño por nacimiento o naturalización. (Diario El Mundo)

Declaración jurada ante Migración y Extranjería

Manifestar el domicilio, intención de retornar o trasladarse al país. (Diario El Mundo)

Modificación de domicilio en DUI

Se le pide que la información coincida con la declaratoria jurada. (Diario El Mundo)

Formato de listado detallado de bienes

Debe presentarse un listado de los bienes incluidos en el menaje, con su descripción, cantidad, estimación de valor si son usados, factura si son nuevos. (Aduana El Salvador)

Vehículos

Deben tener título de propiedad limpio, buen estado, adquiridos al menos seis meses antes de importarlos (según algunas reformas) (Comercio & Negocios)

Otros permisos

Si se trae mercancía regulada: permisos del Ministerio de Salud, Agricultura, Medio Ambiente, etc., según lo que incluya el menaje. (Aduana El Salvador)

  1. Procedimiento Aduanero
    • Presentar la DUCA-D (Declaración Única Centroamericana, formato para importaciones). (Aduana El Salvador)
    • Selectividad aduanera: verde, rojo, etc. Si el selectivo es rojo, puede haber inspección física. (Aduana El Salvador)
    • Entrega de bienes en aduana: demora de algunos días hábiles si todo está bien. (Diario El Salvador)

⚠️ Aspectos que conviene vigilar / posibles riesgos

  • La vigencia de la ley transitoria: está prorrogada hasta noviembre de 2025, pero después, si no la extienden o la vuelven permanente, podría cambiar todo. (Diario El Mundo)
  • El valor límite (US$70,000) es clave. Si el menaje excede ese monto, se paga el impuesto solo sobre el excedente. (Asamblea Legislativa de El Salvador)
  • Que los bienes sean realmente para uso personal, no comercial, porque si la Aduana considera que hay intención comercial podrían determinar que se pague más.
  • Cumplimiento de los trámites formales: listado, declaración jurada, permiso de otros ministerios (si corresponde), la acreditación de propiedad. Si falta algo, te pueden retener los bienes o aplicarte impuestos.
Estado del vehículo si lo importas: "buen estado", evitar que lo clasifiquen como chatarra.

🏛 Autoridades involucradas en el menaje de casa en El Salvador

 

1. Dirección General de Aduanas (DGA)

Es la autoridad principal en el proceso.

Regula, verifica y aprueba la importación del menaje de casa.

Se encarga de la  Declaración Única Centroamericana (DUCA-D) , el  selectivo aduanero  y la  liberación de bienes .

Sitio oficial: [sitio.aduana.gob.sv](https://sitio.aduana.gob.sv/servicios/importacion-de-menaje-de-casa/)

 

2.  Dirección General de Migración y Extranjería

 

Recibe la  declaración jurada  de domicilio e intención de establecerse en El Salvador.

Emite constancias que permiten acreditar que el solicitante califica para los beneficios de repatriación.

 

3.  Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN)

A través del  DUI , acredita el domicilio actualizado en El Salvador.

Esto debe coincidir con lo declarado ante Migración y Extranjería.

 

4.  Ministerio de Hacienda

Interviene por medio de la  Dirección General de Tesorería y de Impuestos Internos , pero en este caso su papel es más bien de control.

Verifica si los bienes cumplen con los requisitos para la  exención de impuestos .

 

5.  Ministerio de Obras Públicas y Viceministerio de Transporte (VMT)

En caso de  vehículos  importados dentro del menaje:

Regulan la  matrícula, placas y circulación .

Verifican que el vehículo no sea chatarra, tenga título limpio y cumpla con requisitos técnicos.

 

6.  Ministerios sectoriales (dependiendo de los bienes)

Si dentro del menaje hay productos regulados, intervienen:

Ministerio de Salud  → Medicamentos, alimentos, cosméticos.

Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG)  → Productos agropecuarios, plantas, animales.

Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN)  → Objetos que puedan afectar biodiversidad o sean especies protegidas.

 

7.  Asamblea Legislativa / Gobierno central

No intervienen en trámites individuales, pero son quienes aprueban y prorrogan la  Ley Especial Transitoria del Menaje de Casa .

Actualmente vigente hasta el  8 de noviembre de 2025 .

 

📌  En resumen práctico:

El  núcleo del trámite  pasa por  Aduanas (DGA), con documentos de respaldo de  Migración, RNPN y Hacienda, y en caso de vehículos o productos sensibles, entra  VMT, Salud, MAG o MARN.



AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD JURÍDICA

domingo, 15 de junio de 2025

PROGRAMA DE ESTUDIOS: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

Enfoque: Teórico-práctico, con análisis de casos actuales, enfoque latinoamericano, crítica a las relaciones de poder y énfasis en derechos humanos y soberanía.


UNIDAD I – Sujetos del Derecho Internacional Público

Personalidad jurídica internacional.

Estados: elementos, reconocimiento, soberanía.

Organizaciones internacionales.

Actores no estatales: individuos, empresas, pueblos indígenas, ONG.

Estados autárquicos o marginados del sistema.


Objetivo: Comprender qué entidades tienen capacidad de ser sujetos de derechos y obligaciones internacionales.


UNIDAD II – Fuentes del Derecho Internacional

Artículo 38 del Estatuto de la CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA.

Tratados internacionales: formación, jerarquía, reservas.

Costumbre internacional: elementos y prueba.

Principios generales del derecho.

Soft law, actos unilaterales, jurisprudencia y doctrina.


Objetivo: Analizar cómo se crean las normas internacionales y los conflictos normativos entre fuentes.


UNIDAD III – La Relación entre Derecho Internacional y Derecho Interno

Monismo y dualismo.

Jerarquía normativa en el orden interno.

Aplicación directa de normas internacionales.

Control de convencionalidad y bloque de constitucionalidad.


Objetivo: Evaluar cómo se integran y aplican las normas internacionales en los Estados.


UNIDAD IV – Reconocimiento de Estados y Gobiernos

Reconocimiento como acto político y jurídico.

Tipos de reconocimiento: expreso, tácito, condicional.

Estados sin reconocimiento general (Palestina, Kosovo).

Doctrinas relevantes: Estrada, Tobar, Stimson.


Objetivo: Comprender el impacto del reconocimiento en la participación internacional y en la legalidad de gobiernos.


UNIDAD V – Principios Generales del Derecho Internacional

Principios de la Carta de la ONU.

Igualdad soberana, no intervención, autodeterminación, solución pacífica.

Buena fe, pacta sunt servanda.

Responsabilidad internacional.

Objetivo: Identificar los principios fundamentales que rigen las relaciones internacionales y su fuerza normativa.


UNIDAD VI – Uso de la Fuerza y Seguridad Colectiva

Prohibición del uso de la fuerza (art. 2.4, Carta ONU).

Legítima defensa y autorización del Consejo de Seguridad.

Intervenciones humanitarias y R2P.

Conflictos contemporáneos (Ucrania, Gaza, Siria).


Objetivo: Analizar las condiciones jurídicas del uso de la fuerza y los mecanismos de seguridad colectiva.


UNIDAD VII – Mecanismos de Solución Pacífica de Controversias Internacionales

Métodos diplomáticos: negociación, mediación, conciliación.

Métodos jurisdiccionales: arbitraje y CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA.

Casos relevantes (Nicaragua vs. EE.UU., Chile vs. Bolivia).

Solución de controversias en tratados multilaterales.


Objetivo: Evaluar los medios legales e institucionales para resolver conflictos internacionales sin recurrir a la fuerza.


UNIDAD VIII – El Individuo en el Derecho Internacional

De objeto a sujeto del Derecho Internacional.

Derechos humanos y su protección internacional.

Corte Penal Internacional y tribunales ad hoc.

Responsabilidad penal internacional individual.


Objetivo: Comprender el rol emergente del individuo como sujeto con derechos y deberes en el ámbito internacional.


UNIDAD IX – Derecho Internacional de los Derechos Humanos

Declaración Universal y Pactos Internacionales.

Sistema Interamericano (COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH), Corte IDH).

Sistema Universal (Comités, procedimientos especiales, Consejo de DDHH).

Protección de grupos vulnerables (niñez, mujeres, pueblos indígenas, migrantes).


Objetivo: Estudiar la arquitectura internacional para la defensa y promoción de los derechos humanos.


UNIDAD X – Derecho Internacional Humanitario y Derecho de los Refugiados

Principios del DIH: distinción, proporcionalidad, humanidad.

Convenios de Ginebra y Protocolo.

ACNUR y protección internacional de refugiados.

Principio de no devolución (non-refoulement).

Objetivo: Analizar las normas aplicables en conflictos armados y la protección jurídica de personas desplazadas.


UNIDAD XI – Derecho Internacional Económico y Ambiental

OMC, FMI, Banco Mundial.

Tratados de libre comercio y derecho de inversiones.

Responsabilidad corporativa transnacional.

Derecho internacional del medio ambiente: Acuerdos climáticos, principio precautorio, justicia ambiental.

Objetivo: Estudiar la interacción entre comercio, desarrollo y sostenibilidad ambiental en el marco del DIP.


UNIDAD XII – Responsabilidad Internacional del Estado y Otros Sujetos

Elementos de la responsabilidad internacional.

Causas de exoneración: fuerza mayor, estado de necesidad, contramedidas.

Reparación: restitución, indemnización, satisfacción.

Responsabilidad de organizaciones internacionales, individuos y empresas.

Objetivo: Comprender los supuestos en que un sujeto incurre en responsabilidad internacional y las formas de reparar el daño.


Complementos del curso:

Seminarios sobre casos recientes (ej. Ucrania, Palestina, Venezuela).

Simulaciones diplomáticas (modelo ONU, audiencias ante la CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA).

Ensayos críticos sobre temas de actualidad (reestructuración de la ONU, multilateralismo, autoritarismos globales).

Análisis de instrumentos jurídicos clave.


domingo, 8 de junio de 2025

GUÍA JURÍDICA INTERNACIONAL CONTRA LA REPRESIÓN ESTATAL: DESAPARICIONES FORZADAS, DETENCIONES ARBITRARIAS Y VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS

 I. INTRODUCCIÓN

Esta guía tiene como propósito brindar una herramienta práctica, legal y estratégica a víctimas, abogados defensores, organizaciones de derechos humanos y activistas frente a situaciones de represión estatal: desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias y violaciones sistemáticas a los derechos humanos, particularmente cuando las víctimas son opositores, críticos o defensores de derechos fundamentales.

Se trata de un documento que permite identificar rutas de acción inmediata, formular denuncias ante instancias internacionales, utilizar herramientas digitales de denuncia y articular estrategias de incidencia, con base en el marco legal internacional aplicable y casos documentados en América Latina.

 

II. CONCEPTOS CLAVE

  • Desaparición forzada: Se define como la privación de libertad de una persona por parte de agentes del Estado o con su autorización, seguida de la negativa a reconocer dicha detención o revelar el paradero de la persona. Es una grave violación de los derechos humanos y puede constituir crimen de lesa humanidad.
  • Detención arbitraria: Toda privación de libertad que no se base en una ley clara, o que se realice sin garantías procesales, sin posibilidad de defensa o control judicial efectivo. Es común en contextos de persecución política.
  • Violaciones graves de derechos humanos: Incluyen tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, ejecuciones extrajudiciales, criminalización de defensores de derechos humanos, represión a la libertad de expresión, reunión y participación política.

 

III. MARCO LEGAL INTERNACIONAL

A. Instrumentos universales (ONU)

Los principales tratados y declaraciones de Naciones Unidas que protegen a las personas frente a la represión estatal son:

Instrumento

Tipo

Artículos Relevantes

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP)

Tratado

Arts. 6-10, 14, 16

Convención Internacional contra la Desaparición Forzada (2006)

Tratado

Arts. 1-24

Convención contra la Tortura (CAT)

Tratado

Arts. 1-16

Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH)

Declaración

Arts. 3, 5, 9, 10, 11

Principios sobre Derecho a Reparación (ONU 2005)

Soft Law

Integral

Estos instrumentos permiten la denuncia internacional cuando se han agotado los recursos internos o cuando estos son ineficaces.

B. Órganos y Procedimientos de la ONU

  1. Comité de Derechos Humanos (PIDCP): Recibe comunicaciones individuales contra Estados Parte.
  2. Comité contra la Desaparición Forzada (CED): Puede recibir denuncias urgentes sobre desapariciones actuales.
  3. Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas (WGEID): Acepta denuncias sin necesidad de agotar recursos internos.
  4. Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias (WGAD): Dictamina sobre la legalidad de las detenciones.
  5. Relatorías Especiales: Procedimientos especiales temáticos (tortura, libertad de expresión, defensores de derechos humanos, ejecuciones extrajudiciales, etc.).

C. Sistema Interamericano (OEA)

  1. Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH):
    • Admite peticiones individuales y colectivas.
    • Otorga medidas cautelares en situaciones de urgencia.
    • Puede llevar los casos a la Corte IDH si el Estado ha ratificado su competencia.
  2. Corte Interamericana de Derechos Humanos:
    • Emite sentencias vinculantes para los Estados Parte.
    • Puede ordenar reparaciones, medidas de protección y garantías de no repetición.

 

IV. RUTA DE ACTUACIÓN PARA VÍCTIMAS Y DEFENSORES

  1. Documentación exhaustiva del caso:
    • Datos personales de la víctima.
    • Fecha, hora, lugar y forma de la detención/desaparición.
    • Autoridades o personas involucradas.
    • Acciones legales realizadas (habeas corpus, denuncias, etc.).
  2. Recopilación de pruebas:
    • Testimonios, fotos, videos, registros médicos, informes periciales.
  3. Acción legal nacional:
    • Presentar recursos internos disponibles (si existen).
    • Documentar toda respuesta oficial o falta de ella.
  4. Acción internacional:
    • Formular denuncias ante CIDH, CED, WGAD, WGEID, Relatorías.
    • Incluir peticiones de medidas urgentes o provisionales.
  5. Estrategias complementarias:
    • Denuncia mediática e internacional.
    • Campañas de incidencia pública.
    • Coordinación con organizaciones nacionales e internacionales.

 

V. CASOS LATINOAMERICANOS DESTACADOS

  • Ayotzinapa (México): 43 estudiantes desaparecidos por acción conjunta de policías y crimen organizado. Intervención del GIEI y ONU.
  • Leopoldo López (Venezuela): Detención ilegal declarada por el WGAD. Uso del caso como símbolo internacional de represión política.
  • Colotenango (Guatemala): Ejecuciones y desapariciones durante conflicto armado. Sentencia de la Corte IDH que ordena medidas de reparación integral.
  • Caravana de la Muerte (Chile): Proceso judicial contra altos mandos militares por crímenes sistemáticos. Avances en justicia transicional.
  • Persecución a periodistas (Nicaragua): Cierre de medios, detenciones y exilio forzado. Denuncias ante la CIDH y relatorías temáticas.

 

VI. HERRAMIENTAS DIGITALES DE DENUNCIA Y APOYO

  • Urgent Action Fund: Apoya rápidamente a defensoras de derechos humanos en riesgo.
  • Front Line Defenders: Plataforma de protección para activistas.
  • ISHRC: Manuales y formación para acción ante la ONU.
  • OMCT: Denuncias de tortura y desaparición.
  • ProtectDefenders.eu: Red europea de respuesta para defensores amenazados.
  • EyeWitness to Atrocities App: Aplicación para registrar violaciones con validez legal.
  • Tella App: Herramienta segura para documentar abusos desde el celular.

 

VII. ANEXOS Y FORMATOS

  • Modelo de denuncia ante el WGAD: Incluir hechos, fundamentos legales, pruebas.
  • Formulario de petición ante la CIDH: Explicación detallada de los hechos y normas violadas.
  • Guía para comunicaciones a Relatores Especiales: Enfocarse en urgencia, riesgo y medidas solicitadas.
  • Plantilla de cronología del caso: Ayuda a ordenar los hechos, personas involucradas, documentos.

 

VIII. ESTRATEGIAS DE PROTECCIÓN Y DEFENSA INTERNACIONAL

  1. Protección de testigos y víctimas:
    • Uso de seudónimos y canales cifrados.
    • Red de resguardo comunitario o reubicación temporal.
  2. Defensa penal internacional:
    • Remisión de casos a la Corte Penal Internacional (CPI) cuando hay crímenes de lesa humanidad.
    • Participación en litigios estratégicos con organizaciones jurídicas.
  3. Coordinación con medios y diplomacia:
    • Alianzas con medios internacionales.
    • Informes a cuerpos diplomáticos y parlamentos internacionales.
    • Audiencias públicas ante organismos multilaterales.

 

IX. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

  • El uso del derecho internacional permite visibilizar casos que los sistemas internos ignoran.
  • La coordinación entre actores jurídicos, sociales y comunicacionales fortalece la incidencia.
  • La tecnología y las redes digitales se vuelven herramientas de supervivencia y denuncia.
  • Es fundamental empoderar a las comunidades en derechos humanos y autodefensa legal.
¡Ni silencio ni olvido! Solo verdad, justicia y reparación.

miércoles, 7 de mayo de 2025

PROGRAMA DEl CURSO DE DERECHO CONSTITUCIONAL SALVADOREÑO

📘 OBJETIVO GENERAL:

Analizar e interpretar el contenido, estructura, principios y mecanismos de control de la Constitución salvadoreña de 1983, vinculándola con el derecho internacional de los derechos humanos y la legislación nacional secundaria aplicable.


🧠 TEMARIO

UNIDAD I: INTRODUCCIÓN AL DERECHO CONSTITUCIONAL

  • Concepto, fuentes y evolución histórica del Derecho Constitucional.
  • El Constitucionalismo clásico y contemporáneo.
  • Modelos constitucionales: presidencialismo, parlamentarismo, sistemas híbridos.
  • La Constitución como norma suprema (art. 86 Cn.).
  • Control de constitucionalidad: noción general y fundamento democrático.

UNIDAD II: LA CONSTITUCIÓN SALVADOREÑA DE 1983

  • Origen político y proceso constituyente.
  • Estructura formal y sistemática: dogmática y orgánica.
  • Reforma y límites a la reforma constitucional (arts. 248 y 85 Cn.).
  • Principios rectores: Estado de Derecho, democracia representativa, soberanía popular, separación de poderes.

UNIDAD III: LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

  • Clasificación y evolución de los derechos fundamentales: civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y de tercera generación.
  • Eficacia directa de los derechos fundamentales (arts. 1–27 Cn.).
  • La interpretación pro persona (bloque de constitucionalidad).
  • Relación con tratados internacionales: PIDCP, Pacto de San José, Convención contra la Tortura, entre otros.
  • Jurisprudencia constitucional e interamericana sobre derechos humanos.

UNIDAD IV: LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO

  • Forma de gobierno: República democrática y representativa (arts. 1 y 85 Cn.).
  • División territorial: departamentos, municipios y autonomía municipal (art. 203 Cn.).
  • Órganos fundamentales del gobierno: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
  • Órganos autónomos y subsidiarios: Corte de Cuentas, Fiscalía General, Tribunal de Ética, TSE, PDDH.

UNIDAD V: PODER LEGISLATIVO

  • Naturaleza, funciones y organización de la Asamblea Legislativa (arts. 121–135 Cn.).
  • Proceso legislativo ordinario y especial.
  • Control político: interpelación, comisiones, aprobación de tratados (arts. 131 y 144 Cn.).

UNIDAD VI: PODER EJECUTIVO

  • Funciones del Presidente de la República (arts. 154–168 Cn.).
  • Consejo de Ministros, nombramientos y atribuciones.
  • Régimen de estado de excepción (arts. 29–30 Cn.) y su regulación por tratados internacionales (art. 27 PIDCP, art. 27 CADH).

UNIDAD VII: PODER JUDICIAL Y CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD

  • La función jurisdiccional en el marco constitucional (arts. 172–182 Cn.).
  • La Sala de lo Constitucional: organización, atribuciones y jurisprudencia relevante.
  • Control concentrado vs. difuso de constitucionalidad.
  • Ley de Procedimientos Constitucionales: amparo, inconstitucionalidad, hábeas corpus y hábeas data.
  • Mecanismos internacionales: Corte IDH y peticiones ante la CIDH.

UNIDAD VIII: PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y MECANISMOS DE DEMOCRACIA DIRECTA

  • Derecho de petición, iniciativa popular y referéndum (análisis doctrinal y propuestas de reforma).
  • Derecho a la información pública y transparencia: Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).
  • Rol del Tribunal de Ética Gubernamental y participación cívica.

UNIDAD IX: SISTEMA ELECTORAL Y GARANTÍAS DEMOCRÁTICAS

  • Principios del sistema electoral: pluralismo, transparencia, sufragio universal y secreto.
  • Regulación constitucional (arts. 72–86 Cn.).
  • Rol del Tribunal Supremo Electoral y la jurisprudencia electoral.
  • Derecho internacional y observación electoral (Carta Democrática Interamericana).

UNIDAD X: RELACIONES ENTRE DERECHO INTERNACIONAL Y DERECHO CONSTITUCIONAL

  • Jerarquía de los tratados internacionales en El Salvador (arts. 144–146 Cn.).
  • Control de convencionalidad: obligaciones del Estado y vinculación de sentencias de la Corte IDH.
  • Bloque de constitucionalidad y principios de interpretación conforme.
  • Conflicto entre norma interna y norma internacional: doctrina y jurisprudencia.

📚 BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

  • Constitución de la República de El Salvador (1983, con reformas).
  • Ley de Procedimientos Constitucionales.
  • Tratados internacionales de derechos humanos ratificados por El Salvador.
  • Doctrina nacional: René Fortín Magaña, José Mario Martínez.

LA PÁGINA DEL ABOGADO, INNOVACIÓN Y PRECISIÓN AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD JURÍDICA












INFOGRAFIAS







domingo, 27 de abril de 2025

Cómo Interpretar la Ley:... Un Arte Entre el Derecho y la Vida Real...

Interpretar la ley no es como armar un mueble de IKEA —donde todo viene en un diagrama clarito (aunque eso tampoco siempre ayuda, seamos sinceros)—. Interpretar la ley es más parecido a traducir poesía de otro idioma: hay reglas, sí, pero también hay arte, criterio y mucha técnica...

 

En derecho, existen varias formas de interpretar la ley, dependiendo del caso, del contexto… y a veces, del humor del juez (broma… más o menos). Vamos a desmenuzarlo con ejemplos prácticos:...

 

Interpretación Literal o Gramatical...

¿Qué es?...

Se basa en leer el texto de la ley tal como está escrito, respetando el significado estricto de las palabras. Nada de andar filosofando...

Ejemplo práctico:...

La ley dice: “Prohibido circular vehículos motorizados en el parque central...

Un policía detiene a alguien en una bicicleta eléctrica. ¿Aplica la prohibición?...

Literalmente, una bicicleta eléctrica es un "vehículo motorizado", así que sí, ¡prohibido!...

Esta interpretación es ideal cuando las palabras son claras y no hay que hacer magia interpretativa...

 

Interpretación Lógica o Teleológica...

¿Qué es?...

Aquí se busca el “fin” o el “espíritu” de la ley, más allá de las palabras exactas. ¿Qué quiso proteger el legislador?...

Ejemplo práctico:...

Con el mismo caso del parque: ¿La intención era proteger el ambiente y la tranquilidad? Si la bicicleta eléctrica no causa ruido ni contaminación, podría permitirse, aunque literal no lo parezca...

Interpretar el "para qué" de la ley puede cambiar todo el resultado...

Interpretación Sistemática...

¿Qué es?...

Consiste en leer la norma no como un documento solitario, sino dentro del “sistema jurídico completo”, en armonía con otras leyes...

Ejemplo práctico:...

Si otra ley de tránsito dice que una bicicleta no se considera “vehículo motorizado” para efectos de reglas de circulación, entonces “esa definición debe aplicarse” también aquí...

No se lee un artículo aislado como verso libre: todo el código legal es un solo poema, y hay que respetar la rima...

 

Interpretación Histórica...

¿Qué es?...

Se investiga el contexto histórico en el que se dictó la norma, los debates legislativos, los problemas sociales de la época...

Ejemplo práctico:...

Supongamos que la ley del parque fue creada en 1950 cuando “vehículo motorizado” era exclusivamente un automóvil ruidoso y contaminante. Bicicletas eléctricas ni en sueños. Entonces, podría interpretarse que la intención original “no” era prohibirlas...

Un viaje al pasado para entender el presente...

 

Interpretación Evolutiva...

¿Qué es?...

Se adapta el sentido de la ley a los cambios sociales, tecnológicos o culturales que el legislador original no pudo prever...

Ejemplo práctico:...

 

En 1950, nadie pensaba en patinetas eléctricas. Hoy son comunes. Aplicando interpretación evolutiva, se podría incluirlas en las prohibiciones para proteger el parque...

La ley no vive en el congelador. Evoluciona como la sociedad...

Interpretación Auténtica...

¿Qué es?...

Cuando el mismo legislador aclara qué quiso decir con una ley. Puede hacerlo mediante reformas o leyes posteriores...

Ejemplo práctico:...

Si el Congreso aprueba una reforma que dice: ““Para efectos de esta ley, vehículos motorizados incluyen bicicletas eléctricas.”“ Entonces, asunto cerrado...

Cuando papá legislador habla, se obedece...

 

Conclusión:...

Interpretar la ley es como manejar un bisturí: no basta con tenerlo; hay que saber dónde cortar...

Por eso, los abogados no solo leemos artículos: “desciframos intenciones, conciliamos normas y adaptamos reglas” para que la justicia no sea un fósil jurídico, sino un ser vivo que respira en cada caso...

O como diría un viejo maestro:...

El buen abogado no busca la ley que le conviene, sino la interpretación justa que él caso necesita...

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LAS EXCEPCIONES DILATORIAS

LAS EXCEPCIONES DILATORIAS EN EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL

LIC. JUAN RAMÓN ARAUJO LÓPEZ Ya se ha hablado en otras publicaciones acerca de las cuestiones incidentales en el Código Procesal Civil...